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Cómo deducir el IBI en el alquiler: lo que Hacienda permite y lo que no

El IBI es uno de los gastos deducibles más comunes en el alquiler, pero tiene matices importantes. Te explicamos exactamente cómo aplicarlo en tu declaración de la renta sin errores.

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Si tienes un piso en alquiler, el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) que pagas cada año es un gasto deducible en tu declaración de la renta. Suena simple, pero hay situaciones en las que Hacienda puede rechazarlo si no lo aplicas correctamente. En esta guía te explicamos las reglas exactas, con ejemplos reales.

¿El IBI es siempre deducible si tienes el piso alquilado?

Sí, pero con una condición: el inmueble tiene que haber estado alquilado durante el período al que corresponde el IBI. Si tu piso estuvo alquilado todo el año 2025, puedes deducir el 100% del IBI que pagaste ese año. Si solo estuvo alquilado 6 meses, solo puedes deducir el 50%, en proporción a los días efectivamente arrendados. Esta proporcionalidad es clave y muchos propietarios la ignoran, lo que puede generar una discrepancia con Hacienda en caso de inspección.

¿Quién tiene que pagar el IBI para poder deducirlo?

Solo puede deducir el IBI quien lo haya pagado. Normalmente es el propietario, ya que el IBI grava la titularidad del inmueble. Sin embargo, en algunos contratos el inquilino asume el pago del IBI. En ese caso, el propietario no puede deducirlo porque no lo ha pagado él. Lo que sí podría hacer el inquilino es considerar ese pago como un ingreso en especie, pero eso es otra historia. Si eres el propietario y pagas el IBI directamente, puedes deducirlo sin problema.

¿Cuánto me ahorro exactamente deduciendo el IBI?

Depende de tu tramo de IRPF y del importe del IBI. Un IBI típico en una ciudad española media ronda los 300-600 euros anuales. Si estás en el tramo del 30%, deducir 500 euros de IBI te supone un ahorro de 150 euros en la declaración. Si estás en el tramo del 37%, el ahorro sería de 185 euros. No es una cantidad enorme, pero es dinero que legalmente te corresponde y que muchos propietarios se dejan por no registrarlo correctamente. La suma de todos los gastos deducibles — IBI, comunidad, seguro, amortización — sí puede suponer entre 800 y 2.500 euros de ahorro fiscal al año.

¿El IBI de un garaje o trastero también es deducible?

Si el garaje o trastero está arrendado junto con la vivienda y figura en el mismo contrato, sí. Si tiene un recibo de IBI separado (porque está catastrado como bien distinto), también es deducible en la proporción en que esté arrendado. La clave es que el bien esté generando rendimientos del capital inmobiliario. Un garaje vacío que no está alquilado no genera derecho a deducción, aunque sea de tu propiedad.

¿Dónde va el IBI en la declaración de la renta?

El IBI entra en el apartado de 'Gastos deducibles de los rendimientos del capital inmobiliario', dentro de la casilla de tributos y recargos no estatales. En la práctica, en Renta Web (el programa de la AEAT) esto corresponde a las casillas del apartado de rendimientos del capital inmobiliario. No hay una casilla específica para el IBI — va junto con otros tributos locales como la tasa de recogida de basuras. Lo importante es tener el recibo del IBI guardado por si Hacienda lo pide.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir el IBI si el inquilino me lo paga a mí y yo lo ingreso en el ayuntamiento?

Sí. Lo relevante es quién figura como sujeto pasivo del IBI y quién hace el pago efectivo al ayuntamiento. Si el recibo está a tu nombre y tú lo pagas (aunque el inquilino te lo reembolse como parte de la renta), puedes deducirlo. Eso sí, el importe que te paga el inquilino en concepto de IBI también computa como ingreso.

¿Qué pasa si tengo el piso vacío parte del año?

Solo puedes deducir el IBI en proporción a los días que el piso estuvo alquilado. Si estuvo alquilado 8 meses de 12, puedes deducir el 66,7% del IBI. Los meses en que el piso estuvo vacío no generan derecho a deducción de gastos, aunque sí pueden generar imputación de renta si el piso no es tu vivienda habitual.

¿Necesito conservar el recibo del IBI para deducirlo?

Sí, siempre. Hacienda puede pedir justificación de cualquier gasto deducible en un plazo de 4 años desde la presentación de la declaración. Guarda el recibo del IBI en papel o en digital. Si lo pagas por domiciliación bancaria, el extracto bancario con el cargo también sirve como justificante.

¿Y si el IBI ha subido mucho este año, puedo deducir el total?

Sí, puedes deducir el importe completo que hayas pagado ese ejercicio fiscal, independientemente de si subió o bajó respecto al año anterior. Lo que importa es el importe real pagado en ese año.

El IBI es uno de esos gastos que casi todos los propietarios con piso en alquiler tienen derecho a deducir, pero que no siempre se aplica correctamente. La regla es sencilla: si pagaste el IBI y el piso estuvo alquilado, puedes deducirlo en proporción. Guarda siempre el recibo. Y si tienes dudas sobre qué más puedes deducir, recuerda que la amortización del inmueble (el 3% del valor de construcción) suele ser el gasto más grande que los propietarios se pierden — en un piso de 200.000 euros, eso son 3.600 euros anuales de deducción que muchos no aplican.

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